A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant De Oficio·Respondent Fernando
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 3º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ipiales, Nariño, y el Resguardo Indígena, ocasionado por investigación penal adelantada por la Fiscalía Seccional de la unidad adscrita al Centro Atención Integral Víctimas de Abuso Sexual de Ipiales, Nariño, contra posible miembro de comunidad indígena por la presunta comisión del delito de abuso sexual.
Cumplidos los presupuestos que configuran el conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos jurisprudenciales para asignar la competencia.
Se acredita el factor personal pues está demostrada la pertenencia del procesado al Resguardo Indígena.
La Sala constata que la totalidad del Corregimiento, lugar en el que ocurrieron los hechos, forma parte del cabildo indígena del resguardo, ámbito territorial del Resguardo que reclama la competencia por tanto se tiene por acreditado el factor territorial.
Dado que la conducta imputada al comunero afecta intereses, tanto de la sociedad mayoritaria, como de la comunidad indígena, el factor objetivo no es determinante para establecer la competencia.
Sobre el factor institucional, no se cumple porque no hay evidencia de que exista un procedimiento que garantice el debido proceso, en los términos exigidos por la jurisprudencia constitucional, no es posible identificar las etapas que se adelantan en los procesos de investigación y juzgamiento de las personas que pertenecen a la comunidad y tampoco la protección especial de los derechos de la víctima menor de edad como sujeto de especial protección constitucional.
Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 3º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ipiales, Nariño, y el Resguardo Indígena, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 3º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ipiales, Nariño, es la autoridad competente para conocer el proceso seguido en contra de Fernando, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años agravado y en concurso.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5880 al Juzgado 3º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ipiales, Nariño, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Resguardo Indígena.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.